Qué ley rige hoy y qué cambia
En pocas palabras
- Hoy rige la Ley 19.628: puedes pedir saber qué datos tuyos tienen, y que los corrijan, borren o bloqueen.
- Si no te responden en 2 días hábiles, o dicen que no, puedes llevarlo a un juez civil con un abogado. Todavía no hay una agencia que reciba reclamos.
- La Ley 21.719 suma el derecho a que te expliquen una decisión automática y a que la revise una persona. Su fecha legal es el 1 de diciembre de 2026, y hay un proyecto para postergarla.
Hoy
Rige la Ley 19.628, sobre la vida privada. Te permite pedir qué datos tuyos tienen, y que los corrijan, borren o bloqueen.
La ley les da 2 días hábiles para pronunciarse. Si no lo hacen, o dicen que no, puedes ir al juez civil con un abogado (art. 16). Todavía no hay una agencia que reciba reclamos.
La nueva ley: 21.719
Se publicó el 13 de diciembre de 2024. Empieza a regir el 1 de diciembre de 2026. Modifica la Ley 19.628: los artículos que citamos son de esa ley, en el texto que fija la Ley 21.719.
Qué cambia para ti
- Puedes pedir que te expliquen una decisión automática, que la revise una persona y dar tu punto de vista (art. 8° bis).
- Solo pueden decidir así si es necesario para celebrar o cumplir un contrato contigo, si diste tu consentimiento previo y expreso, o si una ley lo permite con resguardos. Aun entonces puedes pedir una explicación y que la revise una persona.
- Al pedir tus datos, también deben explicarte la lógica de la decisión automática (art. 5, letra f).
- Puedes llevarte tus datos a otra empresa cuando los trata en forma automatizada y con tu consentimiento (art. 9). Y pedir que no los usen mientras resuelven tu pedido de corrección, borrado u oposición (art. 8° ter).
- Deben responder en 30 días corridos. Pueden alargarlo una sola vez, por 30 días más (art. 11). Si pides que no usen tus datos mientras tanto: 2 días hábiles.
- Si no responden o dicen que no, puedes reclamar ante la Agencia de Protección de Datos Personales. Tienes 30 días hábiles y no necesitas abogado. La Agencia tiene hasta 6 meses para resolver (art. 41).
- Si no estás de acuerdo con lo que resuelva la Agencia, tienes 15 días hábiles para ir a la Corte, con un abogado (art. 43).
- La organización que no cumpla arriesga multas de hasta 20.000 UTM en los casos más graves.
- Si una organización usa perfiles automáticos que pueden afectarte, antes debe evaluar los riesgos (art. 15 ter).
Qué puedes pedir, uno por uno
- Saber qué datos tuyos tienen y de dónde los sacaronObligados a responder hoy
Saber si la empresa tiene datos tuyos y cuáles son: de dónde los sacó, para qué los guarda y a quiénes se los pasa. Con la nueva ley, también por cuánto tiempo los guardará.
Derecho de acceso · Arts. 5 y 14 ter
- Que te expliquen cómo se tomó la decisión
Que la empresa te explique qué decidió un sistema automático sobre ti, con qué criterios y con qué datos. Vale cuando la decisión tiene efectos legales o te afecta de forma importante.
Derecho de explicación de una decisión automatizada · Art. 8° bis
- Que una persona revise la decisión
Que una persona, no un sistema, revise la decisión y escuche tu punto de vista. También puedes oponerte a que te decida solo un sistema, salvo excepciones.
Derecho de intervención humana y revisión de la decisión · Art. 8° bis
- Que corrijan tus datos si están malObligados a responder hoy
Que corrijan tus datos si están equivocados, desactualizados o incompletos.
Derecho de rectificación · Art. 6
- Que borren tus datosObligados a responder hoy
Que borren tus datos si los guardan sin fundamento legal o están caducos, o si los entregaste voluntariamente o los usan para publicidad y no quieres seguir en su registro. Con la nueva ley se suman más causales, como retirar tu consentimiento.
Derecho de supresión · Art. 7
- Que dejen de usar tus datos para ciertos finesObligados a responder hoy
Que dejen de usar tus datos para algo en particular: por ejemplo, publicidad o perfiles comerciales, o un uso que la empresa justifica solo en su propio interés.
Derecho de oposición · Art. 8
- Que dejen de usar tus datos mientras resuelvenObligados a responder hoy
Que dejen de usar tus datos mientras resuelven un pedido de corrección, borrado u oposición. Con la Ley 21.719, la empresa deberá responder en dos días hábiles.
Derecho de bloqueo temporal · Art. 8° ter y art. 11
- Recibir tus datos para llevarlos a otra empresa
Recibir una copia de los datos que entregaste, en un formato de uso común, para llevártelos a otra empresa. Procede cuando la empresa los trata en forma automatizada y con base en tu consentimiento.
Derecho de portabilidad · Art. 9
Fuentes
- Ley 21.719 · Biblioteca del Congreso Nacional
- Ministerio de Economía · Gobierno propone ampliar plazo (1 sep 2026)
- Ley 19.628 · Biblioteca del Congreso Nacional
Esta página resume la ley para orientarte. No es asesoría legal. Si tu caso lo amerita, confírmalo con un abogado.
El detalle técnico, para quien lo necesite:
Todos los plazos, ley por ley
Cada regla indica qué clase de tiempo es (obligación de la organización, habilitación de una acción tuya o plazo tuyo), desde cuándo se cuenta, qué produce y cómo se cuentan los días. Solo mostramos una fecha en tu caso cuando la regla de cómputo está validada; si no, lo decimos.
Ley 19.628 (vigente hoy)
Rige hasta la entrada en vigencia de la Ley 21.719 (1 de diciembre de 2026, salvo postergación).
Habilita una acción tuya
Desde cuándo puedes recurrir al juez civil si no se pronuncian: 2 días habiles
Desde: Recepción de la solicitud por el responsable (si fue por correo electrónico, la fecha de envío).
Qué produce: La ley vigente da al responsable dos días hábiles para pronunciarse sobre tu solicitud. Si no se pronuncia en ese plazo, o la deniega, queda habilitado el recurso ante el juez de letras en lo civil (art. 16). La ley no fija un plazo para que tú recurras.
Cómo se cuentan los días: Si la solicitud va a una empresa, rige el Código Civil (arts. 48 a 50) junto con la Ley 2.977 (art. 1°): no se cuentan domingos ni feriados, y el sábado sería hábil (así lo lee Contraloría, dictamen 60.633/2010). No encontramos fallos que lo precisen para este artículo. Como la fecha te habilita para actuar, contamos solo de lunes a viernes sin feriados: es la fecha más tardía de las dos lecturas, así nunca llegas antes de tiempo al juez. Si la solicitud va a un organismo público, se cuenta como en la Ley 19.880 (art. 25): de lunes a viernes sin feriados, la misma fecha. Se cuenta desde el día siguiente a que la reciben (si la enviaste por correo electrónico, el día siguiente al envío), y puedes actuar desde el día siguiente al último día (art. 49).
Qué puedes hacer: Recurrir al juez de letras en lo civil del domicilio del responsable (procedimiento del art. 16). La primera presentación debe ir patrocinada por abogado habilitado (Ley 18.120, art. 1).
Excepciones: Si la denegación se funda en la seguridad de la Nación o el interés nacional, la reclamación se deduce ante la Corte Suprema.
Fecha prudente: la ley no aclara del todo cómo contar estos días, así que usamos la lectura más segura para ti y descontamos los feriados legales.
Ley 21.719 (vigencia diferida)
Vigencia desde el 1 de diciembre de 2026.
Obligación de la organización
Plazo del responsable para acusar recibo y pronunciarse: 30 días corridos
Desde: Fecha de ingreso de la solicitud.
Qué produce: Vencido el plazo sin respuesta, o denegada la solicitud, queda habilitado el reclamo ante la Agencia (art. 41).
Cómo se cuentan los días: Días corridos: se cuentan todos los días, incluidos fines de semana y feriados (Código Civil, art. 50).
Qué puedes hacer: Reclamar ante la Agencia de Protección de Datos Personales.
Excepciones: El responsable puede prorrogar el plazo por una sola vez, hasta por 30 días corridos más (art. 11).
Cálculo exacto según el texto de la ley.
Obligación de la organización
Respuesta a una solicitud fundada de bloqueo temporal (asociada a rectificación, supresión u oposición): 2 días habiles
Desde: Recepción de la solicitud de bloqueo.
Qué produce: Mientras no resuelva, el responsable no puede tratar los datos comprendidos en el requerimiento. Si rechaza, debe fundarlo y comunicarlo a la Agencia; el titular puede reclamar (art. 41).
Cómo se cuentan los días: Es un plazo de la empresa, así que rige el Código Civil (el sábado sería hábil). Como el plazo te habilita para reclamar, contamos solo de lunes a viernes sin feriados: la fecha más tardía de las dos lecturas. Se cuenta desde el día siguiente a la recepción de la solicitud.
Qué puedes hacer: Reclamar ante la Agencia (art. 41, letra a).
Fecha prudente: la ley no aclara del todo cómo contar estos días, así que usamos la lectura más segura para ti y descontamos los feriados legales.
Plazo tuyo
Tu plazo para reclamar ante la Agencia: 30 días habiles
Desde: Recepción de la respuesta negativa, o vencimiento del plazo que tenía el responsable para responder.
Qué produce: Vencido este plazo, la Agencia puede no acoger a tramitación el reclamo.
Cómo se cuentan los días: El reclamo es un procedimiento ante la Agencia, un organismo público; lo más probable es que se cuente como en la Ley 19.880 (art. 25), sin sábados, domingos ni feriados. Como es TU plazo y la ley no lo dice expresamente, te mostramos la fecha más temprana: contamos los sábados. Así no se te pasa. Se cuenta desde que recibes la respuesta negativa o desde que venció el plazo que tenía la empresa.
Qué puedes hacer: Presentar el reclamo por escrito ante la Agencia.
Excepciones: Si la empresa prorrogó su plazo, este se alarga hasta por otros 30 días corridos, y el tuyo empieza a contar cuando vence la prórroga.
Fecha prudente: la ley no aclara del todo cómo contar estos días, así que usamos la lectura más segura para ti y descontamos los feriados legales.
Cambios en nuestras reglas
Versión actual: cl-2026.09.26. Cada caso recuerda con qué versión se analizó; aquí está lo que cambió en cada una.
cl-2026.09.26 · 26 de septiembre de 2026
Revisamos cada cita contra el texto oficial de las leyes y ajustamos la carta.
- — Los artículos que crea la Ley 21.719 (5, 8° bis, 8° ter, 9, 11, 41) se citan como de la Ley 19.628, modificada por la Ley 21.719.
- — Carta de hoy: el acceso pide lo que da el art. 12 (datos, procedencia, destinatarios y propósito) y lo demás de buena fe; rectificación con el vocabulario del art. 12; bloqueo con los arts. 2 b), 6 y 12; el recordatorio del art. 16 se limita a los derechos de esa ley.
- — Con la Ley 21.719: el bloqueo se responde en 2 días hábiles y debe ser fundado; la prórroga es por una sola vez, hasta 30 días corridos más; la portabilidad exige tratamiento automatizado y consentimiento; la rectificación indica el dato preciso.
- — El plazo del art. 16 se cuenta desde que reciben la solicitud (si fue por correo electrónico, desde el envío).
- — Art. 16, en palabras del texto legal: la empresa tiene dos días hábiles para pronunciarse; si no lo hace, o deniega, puedes recurrir al juez. La fecha que mostramos sigue siendo desde cuándo puedes recurrir.
cl-2026.09.23 · 23 de septiembre de 2026
Ahora calculamos los plazos en días hábiles, con los feriados legales de 2026 y 2027.
- — Art. 16 de la Ley 19.628: la fecha desde la que puedes ir al juez se calcula con dos días hábiles de lunes a viernes, sin feriados (lectura prudente; el Código Civil permitiría contar el sábado).
- — Ley 21.719: bloqueo temporal (2 días hábiles, lunes a viernes) y reclamo ante la Agencia (30 días hábiles, contando los sábados para mostrar la fecha más temprana).
- — Fuentes: Código Civil arts. 48 a 50, Ley 2.977, Ley 19.880 art. 25, Contraloría dictamen 60.633/2010; feriados de gob.cl y leyes 19.668, 20.299 y 20.983.
cl-2026.09.21 · 21 de septiembre de 2026
Registro inicial del módulo chileno.
- — Ley 19.628 (vigente): derechos de acceso, rectificación, cancelación y bloqueo (art. 12). El art. 16 se modela como habilitación de la acción judicial a los dos días hábiles, no como plazo general de respuesta; cómputo por validar, sin fecha.
- — Ley 21.719 (vigencia diferida al 1 de diciembre de 2026, proyecto de postergación boletín 18.623-07): derechos ampliados (art. 5, 8° bis, 8° ter, 9, 11). Plazo de respuesta de 30 días corridos con certeza alta; bloqueo temporal (2 días hábiles) y reclamo ante la Agencia (30 días hábiles) por validar.